INFORMACIÓN SOBRE PROYECTO DE LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS Y EL BIENESTAR DE LOS ANIMALES
Nota informativa sobre el Proyecto de Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales, con un breve resumen de la situación actual y los próximos trámites parlamentarios previos a su publicación.
El 12 de septiembre de 2022 se publicó de forma oficial en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el borrador del texto estableciendo un plazo de enmiendas.
El 21 de septiembre de 2022 finalizó el plazo de enmiendas y se pasó a la siguiente etapa que era su aprobación con competencia legislativa plena y por el procedimiento de urgencia.
Sobre este texto inicial de septiembre de 2022 y dentro de las enmiendas presentadas la principal novedad fue que se añadió un punto al artículo 1.3 (Objeto y ámbito de aplicación), concretamente el 1.3. e) que quedó como sigue:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
3. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley:
Artículo 1.3. e) Los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado) así como los utilizados en actividades profesionales (dedicados a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas).
Igualmente quedarán excluidos los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza. Todos ellos se regulan y quedarán protegidos por la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondiente, y que les sea de aplicación al margen de esta ley.
El texto del proyecto con las enmiendas ha sido aprobado el pasado día 9 de febrero de 2023 por el Pleno del Congreso de los Diputados con 174 votos a favor, 167 en contra y 7 abstenciones.
Una vez aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados, el siguiente trámite es su aprobación por el Senado.
Con fecha 17 de febrero de 2023 se remitió al Senado el texto del Proyecto de Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales (os incluimos como adjunto el texto que se puso a disposición de los senadores) y se abrió un plazo para la presentación de enmiendas y propuestas de veto, plazo que al haber sido declarado urgente la tramitación de la ley finalizó el pasado jueves 23 de febrero de 2023.
Al texto remitido al Senado, se han presentado un total de 4 vetos y 449 enmiendas (os incluimos en documento adjunto el resumen de vetos y enmiendas según las distintas fuerzas políticas). Pincha aquí
Como resumen de las enmiendas, indicar que se han presentado enmiendas a todos los artículos de la ley excepto frente a los artículos 69,70 y 71 (Principios Generales del Régimen Sancionador). Los artículos frente a los que se han presentado más enmiendas son los artículos 3 (Definiciones) con 40 enmiendas y artículo 25 (Prohibiciones generales con respecto a los animales de compañía y silvestres en cautividad) con 20 enmiendas.
La Fecha límite de tramitación en el Senado es el próximo jueves 9 de marzo de 2023
Si finalmente se aprueba la Ley, según se indica en la Disposición final décima, la entrada en vigor sería a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (hay una enmienda publicada sobre la Disposición final décima, pero no afecta al plazo de entrada en vigor), aunque hay varios artículos que serían de aplicación a los 6, 12, 24 y 30 meses de la entrada en vigor de la ley.
Así por ejemplo el listado positivo de animales silvestres que pueden ser objeto de tenencia como animal de compañía (artículos 35,36 y 37), se establece que el gobierno debe aprobar un reglamento que desarrolle dicho listado en el plazo máximo de veinticuatro meses desde la entrada en vigor de la ley y posteriormente en el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor del mencionado reglamento se publicará el listado de especies de mamíferos silvestres que quedan incluidas en el listado positivo de animales de compañía y en el plazo máximo de treinta meses desde la entrada en vigor del reglamento, se publicará el listado de especies de otros grupos de animales silvestres (aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados) que quedan incluidas en el listado positivo de animales de compañía.
Desde el Consejo General de Colegios Veterinarios de España se envió el 21 de febrero de 2023 a todos los portavoces de los grupos políticos con representación en el Senado un escrito de observaciones al proyecto de ley. Pincha aquí